Regulado el registro de profesionales sanitarios

30-07-2014 - www.salamanca24horas.com
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Permitirá conocer con precisión cuántos médicos, farmacéuticos, odontólogos, veterinarios, enfermeros, fisioterapeutas, podólogos, ópticos y resto de profesionales sanitarios titulados cuenta España. Los datos del registro serán accesibles por vía...

Permitirá conocer con precisión cuántos médicos, farmacéuticos, odontólogos, veterinarios, enfermeros, fisioterapeutas, podólogos, ópticos y resto de profesionales sanitarios titulados cuenta España. Los datos del registro serán accesibles por vía electrónica y tendrán carácter público el nombre, titulación, especialidad, lugar de ejercicio, categoría y función del profesional, entre otros

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios. Este instrumento, recogido en el Real Decreto Ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud de 2012, servirá para planificar las necesidades de profesionales sanitarios titulados, así como coordinar las políticas de recursos humanos en la sanidad pública. Además, la creación de este Registro mejorará la calidad y la seguridad de la atención al paciente, facilitando mayor información pública, accesible a través de medios telemáticos, sobre el profesional, y también contribuirá a evitar el intrusismo. Su puesta en funcionamiento está prevista durante este año 2014.

Con los Registros actualmente existentes de profesionales sanitarios no es posible disponer de datos exactos y fiables sobre el número total y la distribución de los mismos que ejercen su actividad en España, puesto que sólo se puede disponer de datos parciales, por territorios, por algunas profesiones colegiadas, etcétera. Por este motivo, el citado Real Decreto Ley del 20 de abril de 2012 creó el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios y estableció su regulación mínima.

Datos de los profesionales

El Registro constará de veinte datos de los profesionales sanitarios que desarrollan su actividad en España, tanto en el ámbito público como en el privado, y será gestionado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Se implementará en soporte digital y facilitará la consulta por medios electrónicos. De estos datos tendrán carácter público el nombre, la titulación, la especialidad, el lugar de ejercicio, la categoría y función, así como los diplomas de acreditación y de acreditación avanzada, si los hubiere. Los datos que se incorporarán serán los siguientes:

Número de incorporación al Registro.
Nombre y apellidos.
DNI o Tarjeta de Identidad del Extranjero (TIE).
Fecha de nacimiento.
Sexo.
Nacionalidad.
Medio preferente o lugar a efectos de comunicaciones.
Titulación.
Especialidad.
Diploma en Áreas de Capacitación Específica.
Diploma de Acreditación y Diploma de Acreditación Avanzada.
Situación profesional.
Lugar de ejercicio.
Categoría profesional.
Función.
Desarrollo profesional.
Colegiación.
Cobertura de responsabilidad civil en cada ámbito de ejercicio profesional.
Suspensión o inhabilitación para el ejercicio profesional.

Escrito por Raúl Martín. Sábado, 26 de Julio de 2014

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